Este sitio web utiliza cookies para mejorar la experiencia del usuario. Puede aceptarlas pulsando sobre el botón o continuar navegando, en cuyo caso entenderemos que acepta el uso de las cookies. Ver Detalles

Ahora más que nunca, la unión hace la fuerza

Desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales de España, dadas las extraordinarias circunstancias en las que nos encontramos, hemos puesto en marcha una serie de medidas tanto para colegiados, como para otros profesionales, empresas y para la sociedad en su conjunto que en relación a nuestra plataforma de formación son las siguientes:

Se adoptan nuevos precios  para todos los cursos de la plataforma de formación, excepto los cursos de idiomas, cuyo inicio se encuentre entre el  23 de marzo y el 31 de mayo, y estos pasan a ser:

Alumnos Colegiados:

Alumnos Asociados:

Alumnos pertenecientes a entidades conveniadas (Colegios o Consejos Generales de otras profesiones que hayan suscrito convenio para la formación con COGITI): 1 €/h alumno.

Alumnos Conveniados:

Trabajadores de empresas que han suscrito con COGITI el Convenio de colaboración para el fomento de la formación y el empleo en el ámbito empresarial, a las que desde aquí hacemos un llamamiento también para que impulsen en esta situación la formación de sus Ingenieros.

Cualquiera de los precios indicados para los trabajadores de empresas conveniadas se incrementará en 1 €/h alumno, en caso de que la formación se haga bonificada por FUNDAE (antigua tripartita)

NOTA IMPORTANTE: Todos los importes determinados por estas medidas serán aplicables para un único curso por persona, resultando los siguientes que quiera realizar a los precios habituales.

Preguntas frecuentes sobre la aplicación del paquete de medidas extraordinarias de impulso, cohesión y ayuda a nuestros compañeros en materia de Formación

¿Cuál es el periodo de aplicación de las nuevas tarifas anunciadas?

Los nuevos precios de los cursos se aplican para aquellos que comiencen a partir del próximo lunes día 23 de marzo y hasta el próximo 31 de mayo.

¿Nos referimos a fecha de inicio del curso o fecha de matriculación?

El paquete de medidas extraordinarias se aplicará para todos los cursos que tengan como fecha de inicio el intervalo que va desde el lunes día 23 de marzo y hasta el 31 de mayo, independientemente de cuando se haya realizado la matrícula o el pago.

¿Cuándo puedo matricularme en un curso con estas tarifas?

La matrícula se puede realizar desde este mismo momento.

¿Cuándo comenzarán a estar vigentes las nuevas tarifas?

El Portal de la plataforma de formación no publicita los nuevos precios, se trata de una medida excepcional temporal y los precios publicados son los mismos que todos conocemos, lo que se implanta con estas medidas es un bono que tienen por defecto todos los solicitantes que cumplan con alguna de las condiciones de beneficiario, entre los que encontramos colegiados, becados, asociados, conveniados, desempleados o sujetos a ERTE o ERE, en función de su situación, cada uno indicando su particularidad obtendrá el descuento a aplicar.

En otras palabras, el precio que visualizará el posible alumno es el mismo que antes de esta medida, pero al finalizar el proceso de "prematriculación" se le aplica el descuento especial en la primera de las prematrículas que lo utilice.

¿Es posible matricularse en más de un curso con estas tarifas especiales?

Un alumno solo podrá matricularse en un curso con estas tarifas especiales, imposibilitando la opción en la prematrícula para futuros cursos dentro del periodo de vigencia de la medida, es decir, estas tarifas únicamente se aplican a la primera de las prematrículas que elija el alumno para usar el bono.

¿Qué documentación es necesaria para acreditar la situación de ERE o ERTE?

Cuando una empresa aplica a un trabajador un Expediente de Regulación de Empleo, ya sea temporal o no (ERE o ERTE), esta debe emitir una notificación oficial de este hecho, por lo tanto, esa notificación será una documentación justificativa válida.

Durante el proceso de matriculación, debe solicitar la beca para colegiados y además deberá introducir el código proporcionado (si no lo hubiese usado anteriormente).

¿Quién recopila la documentación? ¿Hay un formato de solicitud específico?

Al igual que los alumnos colegiados acogidos a beca por desempleo, la documentación debe ser presentada por medios telemáticos a los colegios.

En caso de asociados y conveniados, será la plataforma quien realice esta gestión.

Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial de España
Síguenos en...